[23.02.06] 4° SESIÓN: Piden reglamentar el encendido automático de luces bajas en vehículos
En forma unánime el cuerpo legislativo aprobó en la sesión de ayer, un proyecto de declaración iniciado por parlamentarios de la UCR, por el cual solicitan al Poder Ejecutivo Nacional, reglamente el Artículo 47 de la Ley Nº 24.449 (ley nacional de tránsito), referido a la obligatoriedad de los fabricantes e importadores de automóviles de incorporar un dispositivo para el encendido automático de luces bajas en los automotores.
La propuesta que contaba con el despacho favorable de la Comisión de Comercio Interior, Exterior y Mercosur, presidida por el legislador José Scarlatto (UPC), reclama la obligatoriedad de permanecer encendidas las luces bajas mientras el vehículo transite por rutas nacionales, tanto de día como de noche, independientemente del grado de luz natural, o de las condiciones de visibilidad que se registren. En idéntico sentido se legisló en el ámbito provincial por ley 8.560 y sus modificatorias.
La legisladora Ana Dressino explicó en el recinto que “el poder Ejecutivo Nacional, pese al tiempo transcurrido aún no ha reglamentado esta exigencia a los fabricantes e importadores de vehículos como ocurre en la mayoría de los países desarrollados del mundo”.
“Los índices que de modo diario se conocen a cerca de los accidentes de tránsito que se producen, sus víctimas fatales, sus secuelas en la salud de la población, la destrucción del tejido social, requieren de modo urgente de una política de estado que perfeccione los instrumentos legales, que viabilice las normas ya existentes y que profundice en las conductas sociales de respeto a la norma y aprecio a la vida propia y la del prójimo”, finiquitó Dressino.